Investigaciones realizadas por este medio de información establece que al menos, en el Registro Nacional de Profesionistas, el nombre de la alcaldesa de Mérida no aparece registrado.
De acuerdo con diferentes fuentes como la cámara de diputados federal y registros de su participación como candidata a puestos de elección popular, además de la versión pública que existe en la página oficial del Ayuntamiento, por años la funcionaria se ha ostentado bajo un título que no posee.
Viola la ley
Si bien, el carecer de documentos oficiales no es impedimento para cumplir el cargo que actualmente ostenta, en el Código Penal federal existen sanciones tipificadas para aquel ciudadano que se ostente como profesionista sin serlo en la realidad.
En el artículo 250 del Código Penal federal se establecen sanciones de prisión de uno a seis años y multa de 100 a 300 días a quien sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, se atribuya el carácter del profesionista, realice actos propios de una actividad profesional, ofrezca públicamente sus servicios como profesionista o use un título sin tener derecho a ello.
Asimismo, en la ley reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución Política de Mexico establece en sus artículos 62 y 63 sanciones para que se atribuya ser profesionista sin contar con la documentación que la ley prevé.
De esta manera queda en evidencia una mentira más de la alcaldesa de Mérida, toda vez que contrario a lo que presume ser, no cuenta con los documentos que acrediten la licenciatura que presume en sus datos curriculares.